Allen, 4 de Diciembre de 2003.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Juan Carlos Milla; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita una extensión de los términos de la Ordenanza Municipal N° 063/03 hasta el 30-06-04;
Que esta petición se funda en la necesidad del Sr. Juan Carlos Milla de acceder a un lapso de tiempo mayor para culminar con la deuda prendaria de su automotor;
Que el peticionante expresa que el único ingreso que posee es el proveniente de la actividad que desarrolla como taxista;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 4-12-03, según consta en Acta N° 658, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°:
PRORROGASE la vigencia de la Ordenanza Municipal N°
063/03 hasta el 30-06-04.
Artículo 2°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 141/03.C.D.-