Allen, 20 de Noviembre de 2003.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Bernardino Calvete; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma el Sr. Calvete solicita se lo exima del pago de la Habilitación Comercial encuadrándose en los alcances de la Ley Provincial N° 2055 del Discapacitado, dada su necesidad de generar ingresos para su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 20-11-03, según consta en Acta N° 656, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°:
AUTORIZASE, al Poder Ejecutivo Municipal, Secretaría de Gobierno, Dirección de Comercio, por vía de excepción a las normas en vigencia y de acuerdo a los principios establecidos en la Ley Provincial N° 2055, a extender sin cargo la Habilitación Comercial respectiva al Sr. Bernardino Calvete, L.E. 07.578.092.
Artículo 2°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 129/03.C.D.-