ALLEN, 14 de Mayo de 1.987.-
VISTO:
El Memorando N° 104/87 de la Secretaría de Acción Social, mediante el cual remite para conocimiento del Consejo Municipal la Ley 2055, sobre la problemática del discapacitado, recientemente sancionada, y
CONSIDERANDO:
Que la misma es el resultado del trabajo de organismos y
asociaciones de la provincia, interesados en dar respuesta integrada y
participativa en la Problemática del Discapacitado,
Que la concreción de los principios filosóficos consagrados y de
las acciones propuestas en la norma legal, requieren de las más amplia
participación de la comunidad que debe tener como promotor principal al
Municipio,
POR ELLO:
El Sr. Presidente del Consejo Municipal de la ciudad de Allen, sanciona Ad-Referendum del Consejo Municipal, la siguiente
O R D E N A N Z A
Artículo 1°:
ADHERIR en un todo a la Ley 2055 y su Decreto Reglamentario, sobre la Problemática del Discapacitado, recientemente sancionada por el Gobierno Provincial, y darla a conocer a la comunidad en general, a las instituciones y empresas de transporte en particular.-
Artículo 2°:
La presente será refrendada por el señor Secretario de Acción Social.-
Artículo 3°:
Háganse las comunicaciones pertinentes, publíquese y cumplido, archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 025/87.-
Cdor. Carlos Antonio Sanchez
Mario Julio Bretta
Secretario de Acción Social Presidente Consejo Municipal