Allen 13 de Noviembre de 2003.



VISTO:

         La Nota presentada por el Sr. Bruno Pelagatti; y

CONSIDERANDO:

        
         Que el señor Pelagatti solicita la condonación de la deuda que mantiene con la Municipalidad de Allen, en concepto Tasas Retributivas de la Nomenclatura Catastral 04-1-C-160-16-000,
y su inclusión en la Ordenanza Municipal N° 002/01 de Jubilados y Pensionados;
         Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresa las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principio de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
         Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 13-11-03, según consta en Acta N° 655, se aprobó el pertinente proyecto;


POR ELLO:

         El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza

ORDENANZA

Artículo 1°:       CONDONASE la deuda existente en concepto de Tasas
Retributivas de la Nomenclatura Catastral 04-1-C-160-16-000.
Artículo 2°:       AUTORIZASE por vía de excepción al Poder Ejecutivo
Municipal, Secretaría de Hacienda, Dirección de Recaudaciones, a incluir al Sr. Bruno Máximo Pelagatti, L.E. 07.560.672, en los alcances de la Ordenanza Municipal N° 002/01, de Jubilados y Pensionados con el beneficio del 100% (cien por ciento) de descuento en las Tasas Municipales.
Artículo 3°:       Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
         archívese.-

        

ORDENANZA MUNICIPAL N° 122/03.C.D.-