Allen 13 de Noviembre de 2003.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Bruno Pelagatti; y
CONSIDERANDO:
Que el señor Pelagatti solicita la condonación de la deuda que mantiene con la Municipalidad de Allen, en concepto Tasas Retributivas de la Nomenclatura Catastral 04-1-C-160-16-000,
y su inclusión en la Ordenanza Municipal N° 002/01 de Jubilados y Pensionados;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresa las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principio de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 13-11-03, según consta en Acta N° 655, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza
ORDENANZA
Artículo 1°:
CONDONASE la deuda existente en concepto de Tasas
Retributivas de la Nomenclatura Catastral 04-1-C-160-16-000.
Artículo 2°:
AUTORIZASE por vía de excepción al Poder Ejecutivo
Municipal, Secretaría de Hacienda, Dirección de Recaudaciones, a incluir al Sr. Bruno Máximo Pelagatti, L.E. 07.560.672, en los alcances de la Ordenanza Municipal N° 002/01, de Jubilados y Pensionados con el beneficio del 100% (cien por ciento) de descuento en las Tasas Municipales.
Artículo 3°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 122/03.C.D.-