Allen, 23 de Diciembre de 2002.-
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales N° 038/85 y 023/89; y
CONSIDERANDO:
Que dichas Ordenanzas establecen, la primera de ellas el pago del equivalente de un pasaje de ida y vuelta, por ferrocarril, a los Agentes Municipales en uso de Licencia anual, que se trasladen a otros puntos del País y la segunda, modifica el Artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 038/85, reglamentando la forma de abonar dicha Asignación;
Que debido a la Emergencia Económica, Administrativa y Financiera, establecida en el ámbito de la Municipalidad de Allen, según Ordenanza Municipal N° 007/02, se dejó sin efecto el pago de dicho beneficio durante el año 2002;
Que tomando en cuenta que la situación socio-econó-mica no ha cambiado, sino por el contrario se ha visto agravada durante el año en curso, con altos índices de desocupación y subocupación;
Que los recursos del Municipio no han mejorado, y que es imprescindible mantener el equilibrio fiscal logrado con medidas de ajuste aplicadas;
Que se entiende que las Ordenanzas Muicipales N° 038/85 y 023/89 no se ajustan a los momentos que estamos viviendo;
Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 23-12-02, según consta en Acta N° 616, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: DEROGANSE las Ordenanzas Municipales N° 038/85 y
023/89, por los motivos expuestos en los conside-
randos.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 087/02.C.D.