Allen, 22 de Julio de 2004.


VISTO
:

         La nota presentada por el Sr. Leonel Mateo Avalis, y

CONSIDERANDO:

         Que el Sr. de referencia, manifiesta su imposibilidad de abonar la deuda existente en concepto de Tasas Municipales;
        Que es atribución de este Cuerpo Legislativo, brindar un mecanismo para cumplir con el pago del tributo municipal, establecido en la Carta Orgánica Municipal e inspirado en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
         Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 22-07-04, según consta en Acta N° 684, se aprobó el pertinente proyecto;
        

POR ELLO:

         El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1
AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal - Secretaría
de Hacienda - Dirección de Recaudaciones, por vía de
         excepción a las normas en vigencia, a aceptar el pago de parte del Sr. Leonel Mateo Avalis, LE N° 06. 097.824, a partir de la puesta en vigencia de la presente norma legal, de los vencimientos normales de tasas municipales, Nomenclatura Catastral 04-1-B-649-01-000.
Artículo 2   ESTABLECESE que, si el contribuyente cumple con el pago regular de seis (6) períodos de Tasas Municipales, la Dirección de Recaudaciones del Municipio procederá a dar de baja seis (6) períodos de la deuda vencida, comenzando por la más antigua y así sucesivamente hasta la cancelación total de los períodos adeudados.
Artículo 3ENCUADRASE al Sr. Leonel Mateo Avalis, L.E. 06.097.
824, a partir de la puesta en vigencia de la presen-
te norma legal, en los alcances de la Ordenanza Mu-
nicipal N° 002/01 de Jubilados y Pensionados-Artí-
culo 3°, con el descuento del 50 % en el pago de las
Tasas Municipales.     
Artículo 4°
: ANTE el incumplimiento de lo establecido en la pre-
sente norma legal, la misma quedará automáticamente
sin efecto.
Artículo 5° Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
         archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 053/04.C.D.
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