Allen, 30 de Octubre de 2003.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Armando López; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, solicita autorización para la venta de alimentos en la vía pública, manifestando en su nota que, de esa manera puede contar con algún ingreso para hacer frente a las mínimas necesidades de su hogar y poder comprar los medicamentos para paliar las consecuencias de su enfermedad;
Que se encuentra en vigencia la norma legal, que reglamenta la venta en la vía pública de distintos artículos o productos, y asimismo instrumenta requisitos y disposiciones en el ámbito de su aplicación;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 30-10-03, según consta en Acta N° 653, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°:
AUTORIZASE por vía de excepción a las normas en vigencia, al Poder Ejecutivo Municipal, Secretaría de
Hacienda, Dirección de Recaudaciones, a reducir en un 50% el valor de la tasa establecida, según la norma en vigencia para vendedores ambulantes, al Sr. Armando Pascual López Molina, DNI. 93.495.848, hasta el 31 de Marzo de 2.004 inclusive, debiendo ajustarse a los requisitos establecidos por Ordenanza Municipal N° 042/96.
Artículo 2°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 114/03.C.D.-