Allen, 10 de Octubre de 2002.
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 059/02; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma se establece un Régimen de Recaudación Municipal;
Que el Artículo 16° de dicha Ordenanza Municipal establece que el solicitante al tramitar el carnet de Conductor, y registre deuda municipal por cualquier concepto, deberá formalizar plan de pago por la misma, y cancelar la deuda originada por Multas y/o Contravenciones. Se deberá otorgar el Carnet de Conductor;
Que de acuerdo a lo Ordenado en dicho Artículo, se obstaculiza al conductor de vehículos de obtener la licencia habilitante pertinente;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 10-10-02, según consta en Acta N° 607, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°:
MODIFICASE el Inciso a) del Artículo N° 16 de la Ordenanza Municipal N° 059/02, el que quedará redactado: cese que para la obtención del Carnet de Conductor, el Contribuyente que tuviere deuda por Multas y Contravenciones está obligado abonar la deuda por multas y Contravenciones de contado y/o a través de planes de pago de acuerdo a la presente: y si optare por un plan de pago, abonando la primer cuota, se debe entregar el Carnet de Conductor.
Artículo 2°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 068/02.C.D.-