Allen, 1 de Julio de 2.004.
VISTO:
La nota presentada por el Sr. Próspero Germán Millanao, y
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Millanao manifiesta su imposibilidad de abonar la Tasa establecida por las normas en vigencia;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal, en uno de sus párrafos expresa:...exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 1-07-04, según consta en Acta N° 681, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORIZASE por vía de excepción a las normas en
vigencia, al Poder Ejecutivo Municipal, Secreta-
ría de Hacienda, Dirección de Recaudaciones a otorgar, sin costo, el permiso pertinente para Vendedor Ambulante de verduras al Sr. Próspero Germán Millanao, DNI N° 16.221.766 hasta el 31-12-04 inclusive.
Artículo 2°:
ESTABLECESE que el Sr. Millanao deberá cumplimentar lo
establecido en las normas en vigencia en cuanto a nor-
mas de salubridad e higiene.-
Artículo 3°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 046/04.C.D.-