Allen, 10 de Diciembre de 1998.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Luis Cisterna; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita la condonación de
la deuda que mantiene con la Municipalidad de Allen, por Tasas Retributivas, y ser incluido en la norma en vigencia que beneficia a Jubilados y Pensionados;
Que mediante la encuesta socio-económica, del
Señor de referencia, se verifica la imposibilidad de cumplir con su obligación tributaria municipal, como asimismo su con-
dición de jubilado, con un haber mínimo y no teniendo grupo familiar conviviente;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Munici- pal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo po-
drán establecerse inspiradas en principios de justicia so- cial, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 10-12-98, según consta en Acta N° 415, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas, hasta
el 6° (sexto) Bimestre inclusive año 1998 a la
Nomenclatura Catastral C-272-04-001.
Artículo 2°: ESTABLÉCESE que el Sr. Luis Cisterna DNI. 92.441
991, a partir de la vigencia de la presente se
deberá encuadrar en la Ordenanza Municipal que
beneficia a Jubilados y Pensionados que perciben
un haber mínimo en un 100% (cien por ciento), en
las Tasas Municipales.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 231/98.C.D.-