Allen, 10 de Diciembre de 1998.
VISTO:
La Nota presentada por el Club de Abuelos Ayelen por la cual solicitan colaboración del Municipio; y
CONSIDERANDO:
Que en la referida nota manifiestan que dicho Club de Abuelos llevó a cabo sus tareas en un local ubica-
do entre calles Pellegrini e Islas Malvinas;
Que el Club de Abuelos Ayelen debía abonar un alquiler por dicho local, pudiendo solamente cumplir con una parte del mismo;
Que el Club de Abuelos Ayelen se encuentra obligado a cumplir con el contrato de alquiler;
Que las actividades llevadas a cabo por el Club de Abuelos Ayelen fueron destinadas a un sector de ancianos carenciados, cumpliendo un servicio social de gran importan-
cia;
Que el Artículo 6° de la Carta Orgánica Munici-
pal establece que un deber y una atribución Municipal, gobernar y administrar asuntos públicos e intereses locales dirigidos al bien común, para promover el desarrollo social;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 10-12-98, según consta en Acta N° 415, se aprobó
el pertinente proyecto,
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza
ORDENANZA
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Municipales, en con-
cepto de Tasas Retributivas a la Nomenclatura
Catastral C-403-02-000 hasta el 6° (sexto) Bi-
mestre inclusive año 1998.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 229/98.C.D.-