Allen, 5 de Noviembre de 1998.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr.Luis Omar Barrera; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma plantea inconvenientes para
cancelar la deuda atrasada en concepto de Tasa por Inspección Seguridad e Higiene;
Que por la situación socio- económica del Se-
ñora de referencia, se encuentra con condicionado para cum- plir con su obligación tributaria Municipal atrasada,
Que la deuda contraída, no puede ser cancelada de acuerdo a la norma vigente;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 5-11-98, según consta en Acta N° 409, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORIZASE por vía de excepción a la Ordenanza
Municipal N° 160/98 al Poder Ejecutivo Munici-
pal-Secretaría de Hacienda-Dirección de Recau-
daciones a formular un plan de pago con el Sr.
Luis Omar Barrera, DNI. 18.084.942, de la si-
guiente manera: en cuotas mensuales de $ 50 /
(cincuenta pesos), hasta cubrir el monto adeu-
dado en concepto de Tasa por Inspección, Seguri-
dad e Higiene Código 1449/8.
Artículo 2°: ESTABLÉCESE un plazo de sesenta (60) días a
partir de la vigencia de la presente, para for-
malizar lo establecido en el Artículo 1°.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumpli-
do, archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 209/98.C.D.