Allen, 16 de Julio de 1998. -


VISTO:
         La Nota presentada por la Sra. Margarita Pino de Morales; y


CONSIDERANDO:
        
Que por la misma, solicita financiación a los efec-
tos de abonar la deuda de Tasa por Inspección, Seguridad e Hi-
giene;
Que la situación económica de la Señora de refe-
rencia, no le permitió cumplir con su obligación tributaria municipal atrasada, por lo que se encuentra condicionada para abonar la misma;
Que la deuda contraída por la Señora Margarita Pino de Morales, no puede ser cancelada de acuerdo a las normas vi-
gentes, por el monto elevado de la misma;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 16-07-98, según consta en Acta N° 393, se aprobó el
pertinente proyecto;

POR ELLO:
         El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: AUTORIZASE por vía de excepción a la Ordenanza Mu-
nicipal N° 095/97 a la Secretaría de Hacienda del
Poder Ejecutivo Municipal a convenir un plan de
pago con la Sra. Margarita Pino de Morales, en
cuotas mensuales de $ 40 (pesos cuarenta) hasta
cubrir el monto adeudado en concepto de Tasa por
Inspección, Seguridad e Higiene, Contribuyente N°
387/0.
Artículo 2°: ESTABLÉCESE un plazo de 60 (sesenta) días a partir
de la vigencia de la presente, para formalizar lo
establecido en el Artículo 1°.

Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 122/98. -C.D.-