Allen, 18 de Junio de 1998.-


VISTO:

La Nota presentada por la Sra. Adelina Tapia; y


CONSIDERANDO:


Que mediante la misma solicita condonación y eximi- sión de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de
Tasas Retributivas;
Que la situación socio-económica de la Señora de referencia, no le permite cumplir con su obligación tributaria municipal;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal,
en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 18-06-98, según consta en Acta N° 390, se aprobó el /
pertinente proyecto;


POR ELLO:


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de


ORDENANZA

Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el
3° (tercer) Bimestre inclusive año 1998, a la No-
menclatura Catastral C-139-B-016-000.
Artículo 2°: EXÍMASE los bimestres restantes, año 1998 de las
Tasas Retributivas a la Nomenclatura Catastral C-
139-B-016-000.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 112/98.-C.D.-