Allen, 8 de Octubre de 1998.
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Olga Monje Vda. de Cortez; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con la Municipalidad de Allen, por Tasas Retributivas y ser incluida en la norma en vigencia, que beneficia a Jubilados y Pensionados;
Que mediante la encuesta socio-económica de la
Señora de referencia, se verifica la imposibilidad de cumplir
con su obligación tributaria Municipal;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Muni-
cipal en uno de sus párrafos expresa: exenciones sólo
podrán establecerse inspiradas en principios de justicia so-
cial, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 8-10-98, según consta en Acta N° 405, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta
el 5° (Quinto) bimestre año 1998 inclusive, a la
Nomenclatura Catastral B-375-27A-000.
Artículo 2°: ESTABLÉCESE que la Sra. Olga Monje Vda. de Cor-
tez D.N.I. 9.367.776, a partir de la vigencia de
la presente se encuadra en la Ordenanza Munici-
pal que beneficia a Jubilados y Pensionados que
perciben un haber mínimo, en un 100% (cien por
ciento), en las Tasas Municipales.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 170/98.C.D.-