Allen, 13 de Agosto de 1998.
VISTO:
La Nota presentada por el Aero Club Allen, por la cual solicita a la Municipalidad de Allen un terreno para
construir la Sede Social y Escuela de Vuelo (en su faz teóri-
ca); y
CONSIDERANDO:
Que dicha Institución ha cumplido recientemente
40 años de vida;
Que es un orgullo para la ciudad contar con un
Aero Club que se encuentra ranqueado 26° a nivel nacional,
habiendo aproximadamente 190 aero clubes en todo el país;
Que el Aero Club Allen presta un invalorable servicio a la comunidad en lo referente a vuelos sanitarios,
rescate de personas extraviadas, colaboración con la policía,
etc.;
Que en dicho predio realizarían lo mencionado en el visto, además de la sala de reuniones;
Que se encuentra disponible la parcela 12 A de la Manzana 516, a la que renunciara en forma expresa el Radio Club Allen, que le fuera otorgada mediante Ordenanza Munici-
pal N° 135/96;
Que en la actualidad esta Institución viene orga
nizando eventos tanto a nivel nacional como internacional, que jerarquizan el nombre de Allen, en donde se congrega gran cantidad de público;
Que el Municipio debe apoyar la iniciativa de las instituciones de la ciudad, siendo además, una de las más
antiguas;
Que el Aero Club Allen pone a disposición de la
Municipalidad de Allen: dos aeronaves para traslados de cual-
quier naturaleza, como asimismo la escuela de aeromodelismo a los efectos de tomar parte de la misma niños de nuestra ciu-
dad, charlas educativas en colegios primarios y secundarios,
para entender la actividad aeronáutica como salida laboral, de primeros auxilios y prevención de accidentes;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 13-08-98, según consta en Acta N°397, se aprobó
el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 135/96, por los
motivos expuesto en los considerandos.
Artículo 2°: ADJUDICASE en venta, al Aero Club Allen, Persone-
ría Jurídica N° 603/60, la Parcela 12 A de la Man-
za na 516, Sección Nomenclatura Catastral 04-
1-C-516-12, de 15 (quince) metros de frente por 25
(veinticinco) metros de fondo y 375 mts.2. (tres-
cientos setenta y cinco metros cuadrados) de su-
perficie, cuyo lindero Oeste será la Parcela 11
(once) de la Manzana 516 (quinientos dieciséis) y
su lindero Este el Predio adjudicado a la Comisión
Central Organizadora, teniendo como único fin la
construcción de la Sede Social y Escuela de Vue-
lo.
Artículo 3°: ESTABLÉCESE el valor del terreno adjudicado en
venta según el Artículo 2° de la presente Orde-
nanza Municipal, en la cantidad de pesos mil qui
nientos ($1.500,00), el cual debe ser abonado de
acuerdo a la Ordenanza Municipal N° 063/95.
Artículo 4°: ESTABLÉCESE que los gastos que surgirán del res-
pectivo plano de mensura a ejecutarse, estarán a
cargo de la Institución adjudicataria Aero Club
Allen.
Artículo 5°: ESTABLÉCESE que la citada Institución tendrá un
plazo de un (1) año, a partir de la aprobación
del plano de mensura para comenzar la obra edi-
licia y un plazo de tres (3) años para la culmi-
nación de la misma. Caso contrario y cumplido
dichos plazos, se retrotraerá el dominio pleno
del lote, a favor del Municipio, perdiendo el
adjudicatario todo derecho a reclamo.
Artículo 6°: DESIGNASE al Departamento de Catastro dependien-
te de la Secretaria de Obras y Servicios Públi-
cos del Poder Ejecutivo Municipal, como respon-
sable de la realización de todas las tramita-
ciones y diligencias que sean necesarias para la
concreción del objeto de la presente Ordenanza
Municipal.
Artículo 7°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 147/98.-