Allen, 16 de Abril de 1998.-


VISTO:

El Título IV ( De los recursos naturales y la planificación municipal), el Capítulo I (Planeamiento Munici- pal) y los Artículos 86° y 87° de la Carta Orgánica Municipal;
y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 86° de la Carta Orgánica Munici- pal, instituye la creación de un Organismo de Planeamiento, para lograr la planificación general del ejido de Allen;
Que dicho Organismo de Planeamiento debe ser re-
glamentado por Ordenanza Municipal;
Que el Artículo 87° de la Carta Orgánica Municipal
establece las funciones de este Organismo de Planeamiento;
Que son atribuciones y deberes del Concejo Delibe- rante, la sanción de las Ordenanzas como organismo exclusivo;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 16-04-98, según consta en Acta N° 381, se aprobó
el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1°: CREASE un Organismo de Planeamiento Municipal, pa-
ra lograr la planificación del Ejido de Allen, de-
pendiente del Poder Ejecutivo Municipal - Secreta-
ría de Planeamiento.
Artículo 2°: Dicho Organismo de Planeamiento Municipal estará
conformado por profesionales y técnicos de cada
área que comprenda la planificación municipal, or-
ganizaciones no gubernamentales, juntas vecinales,
sindicatos y comunidad en general. Las funciones
de dichos organismo serán ad-honorem.
Artículo 3°: Las funciones a desarrollar por el Organismo de /
Planeamiento Municipal estarán regidos por el Art
culo 87° de la Carta Orgánica Municipal.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 049/98.-C.D.-