Allen, 26 de Marzo de 1998.-

VISTO:
         La Nota presentada por la Sra. Justa Sánchez; y


CONSIDERANDO:

         Que por la misma presenta inconvenientes para abonar la Tasa correspondiente por Conservación y Mantenimiento de Cementerio;
         Que la situación económica de la Señora de referen- cia no le permite cumplir con su obligación tributaria municipal;
Que dado el monto elevado de la deuda, no puede cancelar dicho importe de acuerdo a las normas vigentes;
         Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 26-03-98, según consta en Acta N° 378, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:
        
         El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A


Artículo 1°:       AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal, Secreta-
ría de Hacienda, Dirección de Recaudaciones por
vía de excepción a la Ordenanza Municipal N°
095/97, a convenir un amplio plan de pago con la
Sra. Justa Sánchez, LC. 00.557.942, de acuerdo a
sus posibilidades, por el monto correspondiente a
Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cemente-
rio - Panteón G-50.
Artículo 2°: ESTABLÉCESE un plazo de 60 (sesenta)días a partir /
de la vigencia de la presente, para formalizar lo
establecido, en el Artículo 1° de la presente.
Artículo 3°: ESTABLÉCESE que ante el incumplimiento de lo norma-
do en el Artículo 2°, como asimismo a la falta de /
cumplimiento de 2 (dos) cuotas consecutivas o 3 /
(tres) alternadas, quedará sin efecto la presente
Ordenanza Municipal.

Artículo 4°:       Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 019/98.-C.D.-