Allen, 5 de Enero de 1998.-
VISTO:
 El anteproyecto de loteo presentado por CODAM S.R.L sobre el inmueble designado catastralmente como 04-1-C-007-06; y
CONSIDERANDO:
 Que dicha parcela se encuentra ubicada en una zona favorable para el fraccionamiento ya que linda con el plan de las 100 viviendas;
 Que el crecimiento de la ciudad tiende a avanzar hacia la Ruta 22;
 Que el lote se encuadra según el Código Urbano en la zona denominada Uso Rural, debiendo pasar para regularizar el loteo a zona Urbana; 
 Que para homogeneizar con los loteos existentes se deberá darle la zona Residencial 3; 
 Que para la zona Residencial 3 el Código Urbano establece un frente mínimo de 12,50 mts. y 300,00 m2 de superficie; 
 Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 5-01-98, según consta en Acta N° 370, se aprobó el pertinente proyecto; 
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 
 O R D E N A N Z A
Artículo 1MODIFICASE el uso que actualmente posee la 
 tierra denominada catastralmente 04-1-C-007-06 
 (Uso Rural) a zona Urbana (Zona Residencial R3), 
 por los motivos expuestos en los considerandos.
Artículo 2°: EXCEPTUASE por vía de excepción los frentes y 
 superficies de la totalidad de los lotes crea-
 dos, ya que estos no cumplen con las medidas 
 mínimas exigidas por el Código en la zona R3, 
 como así también los porcentajes que corres- 
 ponden a Espacio Verde y Reserva Fiscal. 
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, 
 archívese.- 
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001/98.-C.D.-