Allen, 11 de Diciembre de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Adalgesia Vicenta
Abbati; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma, plantea inconvenientes para abonar la deuda contraida de Tasas Municipales;
Que según encuesta socio-económica, la situación de la Sra. de referencia, no le permite cumplir con su obliga ción tributaria municipal atrasada, por lo que se encuentra condicionada para abonar la misma;
Que la Sra. de referencia no puede cancelar la deuda atrasada de acuerdo a las normas vigentes de facilida-des de pago, dado el monto elevado de la misma;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-12-97, según consta en Acta N° 368, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORIZASE por vía de excepción a la Ordenanza
Municipal N° 095/97 a la Secretaría de Hacienda
del Poder Ejecutivo Municipal a formular un
amplio plan de pago a convenir con la Sra.
Adalgesia Vicenta Abbati, de acuerdo a sus
posibilidades, por la deuda de Tasa Retributivas
de las Nomenclaturas Catastrales C-457-13-000,
C-457-16-000 y C-457-15-000.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 204/97.-C.D.-