Allen, 4 de Diciembre de 1997.-



VISTO:

La Nota remitida por la Sra. Argentina Rodriguez; y

CONSIDERANDO:

Que por la misma, solicita la condonación y eximisión de Tasas Retributivas, como procedió en el año próximo pasado, y fue beneficiada por la Ordenanza Municipal N° 067/96;
Que la situación socio-económica de la Señora de
referencia es similar a la del año anterior, continuando su impedimento de cumplir con su obligación tributaria municipal;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Muni-cipal en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante,
celebrada el 4-12-97, según consta en Acta N° 367, se aprobó el pertinente Proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas, hasta
el Sexto Bimestre del Año 1997 inclusive, a la
N.C. C-138-A10.
Artículo 2°: HÁGANSE las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 168/97.C.D.-