Allen, 30 de Octubre de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Valentín Avalís; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma presenta inconvenientes para abonar una deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retributivas;
Que la situación socio-económica del solici- tante, se fue deteriorando al paso de los años, habiendo cumplido con sus obligaciones tributarias anteriormente, actualmente posee ingresos mínimos, como jubilado;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 30-10-97, según consta en Acta N° 362, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas desde
el primer bimestre año 1994 hasta el quinto
Bimestre del Año 1997 inclusive a la Nomeclatura
Catastral B-645-14-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE que a partir de la presente Ordenan-
za Municipal, la Nomenclatura Catastral B-645-
14-000, siendo el titular de la misma el Sr.
Valentín Avalís, L.E. 02264399 se debe encuadrar
en la Ordenanza Municipal N° 143/96.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N°_147/97.-C.D.-