Allen, 23 de Octubre de 1997.-


VISTO:

La Nota presentada por el Sr. Fernando Quidel Llanquileo; y

CONSIDERANDO:

Que por la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retributivas;
Que según encuesta socio-económica, el solici- tante posee un haber mínimo mensual, como jubilado, por lo que actualmente se encuentra condicionado para abonar las Tasas Municipales;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Muni- cipal en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 23-10-97, según consta en Acta N° 361, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas a la
Nomenclatura Catastral N° C-705-23-000, hasta el
5° Bimestre inclusive año 1997.
Artículo 2°: ESTABLECESE que a partir de la vigencia de la
presente Ordenanza Municipal, la Nomenclatura
Catastral C-705-23-000, se debe encuadrar en la
Ordenanza Municipal N° 143/96.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 138/97.-C.D.-