Allen, 23 de Octubre de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Jaime Ballester; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retributivas;
Que según encuesta socio-económica, el soli-citante posee un haber mínimo mensual, como jubilado, por lo que actual mente se encuentra condicionado para abonar las Tasas Municipales;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 23-10-97, según consta en Acta N° 361, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas a la
Nomenclatura Catastral N° B-639-11A-000, hasta
el 5° Bimestre inclusive año 1997.
Artículo 2°: ESTABLECESE que a partir de la vigencia de la
presente Ordenanza Municipal, la Nomenclatura
Catastral B-639-11A-000, se debe encuadrar en la
Ordenanza Municipal N° 143/96.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 136/97.-C.D.-