Allen, 16 de Octubre de 1997.-



VISTO:

La Nota N° 205/97 del Poder Ejecutivo Municipal,
que adjunta Nota del Sr. Isaías Márquez; y


CONSIDERANDO:

Que por la misma presenta inconveniente el Sr. de
referencia para abonar la deuda de Tasas Municipales;
Que según encuesta socio-económica, el solicitante
no posee ingresos estables, padeciendo sus necesidades básicas
insatisfechas, por lo tanto no puede cumplir con su obligación tributaria Municipal;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Munici- pal en uno de sus párrafos establece:exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su fami- lia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 16-10-97, según consta en Acta N° 360, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas a la
Nomenclatura Catastral B-653-08-000, hasta el
5° Bimestre inclusive año 1997.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 134/97.-C.D.-