Allen, 2 de Octubre de 1997.-
VISTO:
La Nota remitida por la Sra. Ramona Céspedes; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita condonación de la deuda
que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retributivas;
Que la situación socio-económica de la solicitante
y su esposo le permite satisfacer sus demandas y necesidades mínimas, siendo su único ingreso un haber jubilatorio mensual; por lo que se encuentra condicionada para cumplir con las Tasas Municipales;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 2-10-97, según consta en Acta N° 358, se aprobó el
pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas a la
Nomenclatura Catastral B-622-03-000, hasta el
5° Bimestre inclusive año 1997.
Artículo 2°: ESTABLECESE que a partir de la vigencia de la
presente Ordenanza Municipal, la Nomenclatura
Catastral B-622-03-000, se debe encuadrar en la
Ordenanza Municipal N° 143/96.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 120/97.-C.D.