Allen, 11 de Septiembre de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Juana Huenupil; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el municipio en concepto de Tasas Retributivas, el inmueble cuya Nomenclatura Catastral es B-286-03-000;
Que según la situación de la solicitante continúa como el año anterior, actualmente posee ingresos mínimos, como pensionada previsional, por lo que se encuentra condicionada para abonar dichas Tasas;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 11-09-97, según consta en Acta N° 355, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda por Tasas Retributivas hasta
el 4° Bimestre inclusive año 1997, a la Nomencla
tura Catastral B-286-03-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE que a partir de la presente Ordenanza
Municipal, la Nomenclatura Catastral B-286-03-000
se debe encuadrar en la Ordenanza Municipal N°
143/96.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 110/97.-C.D.-