Allen, 14 de Agosto de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por el Poder Ejecutivo Munici-
pal; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación de la
deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retribu-
tivas, el inmueble cuya Nomenclatura Catastral es B-538-01-000;
Que el inmueble mencionado fue cedido a la Junta Vecinal Barrio San Juan, por Ordenanza Municipal N° 042/87 y 009/97 por un vecino de dicho barrio;
Que la Junta Vecinal no puede abonar las Tasas Munipipales;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 14-08-97, según consta en Acta N° 351, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta
el 3° Bimestre inclusive año 1997, a la Nomenclatura
Catastral B-538-01-000.
Artículo 2°: EXIMASE del pago de Tasas Retributivas por los
bimestres restantes del año 1997 a la Nomenclatura Ca-
tastral B-538-01-000.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 100/97.-C.D.-