Allen, 14 de Agosto de 1997.-


VISTO:

La Nota presentada por la Sra. Rosa Colihuinca; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retributivas, como fue otorgado por Ordenanza Municipal N° 17/96;
Que la mala situación socio-económica de la solici-
tante se ha visto agravada, por lo que se encuentra condicionada
para cumplir con el pago de las Tasas Municipales;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 14-08-97, según consta en Acta N° 351, se aprobó
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el
3° Bimestre inclusive año 1997, a la Nomenclatura
Catastral B-283-30-000.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 098/97.-C.D.-