Allen, 11 de Agosto de 1997.-



VISTO:

La Nota presentada por la Sra. Amalia Aenlle; y

CONSIDERANDO :

Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda en un 50% de los bimestres que le corresponden según la Ordenanza en vigencia que beneficia a los Jubilados, teniéndose en cuenta el ingreso económico en el hogar, que fue modificándose por la situación laboral de los integrantes del mismo;
Que varios meses de los años 1995 y 1996, el único ingreso del hogar fue el salario que percibe la Sra. Amalia Aenlle como jubilada;
Que según la situación socio-económica imperan- te, la solicitante se encuentra condicionada para cumplir con las Tasas Retributivas;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Munici- pal en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su fami- lia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-08-97, continuación de la iniciada el 7-08-97, según consta en Acta N° 350, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: CONDONASE el 50% (cincuenta por ciento) de la
deuda por Tasas Retributivas a la Nomenclatura
Catastral C-461-07-000, desde el 5° Bimestre
año 1992 hasta el 3° Bimestre año 1994 inclusive
y desde el 5° Bimestre año 1996 hasta el 4°
Bimestre año 1997.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a
partir de la vigencia de la presente, para
iniciar el Plan de pago según Ordenanza Muni-
cipal en vigencia por el 50% restante de la
deuda por Tasas Retributivas de la Nomenclatura
Catastral C-461-07-000.
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el
Artículo 2°, la condonación efectuada en el
Artículo 1° quedará sin efecto.
Artículo 4°: Para el caso de que el saldo de la deuda se
regularice a través de plan de pago, se esta
blece que: a la sexta cuota consecutiva impaga,
caduca la condonación efectuada por esta Orde-
nanza Municipal.
Artículo 5°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas a la
Nomenclatura Catastral C-461-07-000, desde el
2° Bimestre año 1995 hasta el 4° Bimestre año
1996 inclusive.
Artículo 6°: ESTABLECESE que a partir del 5° Bimestre año
1997, la Sra. Amalia Aenlle responsable de la
Nomenclatura Catastral C-461-07-000, se debe
encuadrar en la Ordenanza Municipal N° 146/96
(desgravación 50% de las Tasas Municipales).
Artículo 7°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 094/97.-C.D.-