Allen, 31 de Julio de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Ana Oliver; y
CONSIDERANDO :
Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retributivas y condonación de Tasa por Conservación y Mante- nimiento de Cementerio;
Que según la encuesta socio-económica, la situa- ción imperante de la solicitante, le permite satisfacer sus demandas y necesidades mínimas, por lo que se encuentra condicionada para cumplir con las Tasas Municipales;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Muni- cipal, en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podán establecerse inspiradas en principios de justicia so- cial, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 31-07-97, según consta en Acta N° 349, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas a la
Nomenclatura Catastral C-543-04-000, hasta el
4° (cuarto) Bimestre inclusive, año 1997.
Artículo 2°: CONDONASE la deuda de Tasas por Conservación y
Mantenimiento de Cementerio, al Folio N°° 22626,
Nicho D07 54B, hasta el 2° Trimestre inclusive,
año 1997.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 091/97.-C.D.-