Allen, 24 de Julio de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. José Medel; y
CONSIDERANDO:
Que por dicha Nota presenta problema por pago deuda Tasas Municipal;
Que según encuesta socio-económica, el solicitante
no posee ingresos estables, por lo que actualmente se encuentra
condicionado para abonar las Tasas Municipales;
Que la deuda contra'1b'a1'1cda de Tasas Retributivas, el Sr de referencia no pueden abonarla de acuerdo a las normas vigentes de facilidades de pago, por el monto elevado de la misma;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 24-07-97, según consta en Acta N° 348, se apro- bó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORIZASE por excepción a la Ordenanza Muni-
cipal N° 078/96 a la Secretaría de Hacienda del
Poder Ejecutivo Municipal, a formular un plan de
pago a convenir con el Sr. José Medel, DNI.
92.499.301, según sus recursos económicos, por
la deuda de Tasas Retributivas de la Nomencla-
tura Catastral C-270B-06-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a
partir de la vigencia de la presente, para
iniciar el plan de pago según lo establecido en
el Artículo 1° de la presente Ordenanza
Municipal.
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el
Artículo 1° y 2° de la presente Ordenanza
Municipal, la deuda atrasada por Tasas Retri-
butivas de la Nomenclatura Catastral C-270B-06-
000, continuará en mora con actualización y
recargos pertinentes.
Artículo 4°: ESTABLECESE que a la sexta (6°) cuota conse-
cutiva impaga, y cuarta (4°) cuota alternada del
plan de pago firmado, caducará lo establecido en
el Artículo 1° y 2° de la presente Ordenanza
Municipal.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 084/97.-C.D.-