Allen, 3 de Julio de 1997.-



VISTO:

La nota presentada por la Sra. Blanca Enostroza; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita la condonación de la
deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retribu-
tivas, como el año próximo pasado;
Que la situación socio-económica, de la solicitan-
te, no ha sufrido modificación, continuando la imposibilidad de
cumplir con su obligación tributaria municipal;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 3-07-96, según consta en Acta N° 345, se aprobó el /
pertinente proyecto;

POR_ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

O_R_D_E_N_A_N_Z_A

Artículo_1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el
3° Bimestre inclusive año 1997, a la Nomenclatura
Catastral B-376-02-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE que a partir de la publicación de la
presente Ordenanza Municipal: el poseedor de la No-
menclatura Catastral B-376-02-000, Sra. Blanca Enos-
troza, L.C. 00.558.152, se debe encuadrar en la Or-
denanza Municipal N° 143/96 (Desgravación 50% de /
las Tasas Municipales).
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, /
archívese.-

ORDENANZA_MUNICIPAL_N°_076/97.-C.D.-