Allen, 29 de Mayo de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Margarita Sandoval
de Reyes; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la revisión de la /
Ordenanza Municipal N° 05/97 por la cual se condona la deuda de
una nomenclatura catastral que no corresponde al poseedor del /
inmueble Señor Ernesto Reyes cónyuge de la solicitante;
Que el Señor Ernesto Reyes según la documentación
pertinente es poseedor del lote cuya designación catastral es:
B-288-09, estando registrados en la Municipalidad de Allen como
ocupante de dos lotes B-288-07 y B-288-09;
Que el Señor Reyes Ernesto hasta el segundo (2°)
bimestre de año 1997 aboná las Tasas Retributivas, siendo que
le corresponde ser beneficiado por la Ordenanza Municipal N° /
143/96;
Que dicho beneficio no es otorgado por considerar-
se el registro como poseedor de dos lotes;
Que el Sr. Ernesto Reyes se hizo cargo de abonar
las Tasas Retributivas de los dos lotes con un gran sacrificio;
Que según encuesta socio-económica, el Señor Reyes
percibe una jubilación con un haber mínimo, único sustento fami-
liar;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán
establecerse inspiradas en principio de justicia social, funda-
dos en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 29-05-97, según consta en Acta N° 340, se aprobó el
pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 005/97.
Artículo 2°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el
3° (tercer) bimestre inclusive año 1997, a la Nomen-
clatura Catastral B-288-09.
Artículo 3°: ESTABLECESE que a partir de la presente Ordenanza /
Municipal, la Nomenclatura Catastral B-288-09, sien-
el responsable de la misma el Sr. Ernesto Reyes, se
debe encuadrar en la Ordenanza Municipal N° 143/96.
Artículo 4°: ESTABLECESE que se deberá reintegrar lo abonado por
el Sr. Ernesto Reyes, según recibos registrados co-
mo pago de la Nomenclatura Catastral B-288-07.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 057/97.-C.D.-