Allen, 17 de Abril de 1997

Allen, 17 de Abril de 1997.-

 

 

VISTO:

La Nota remitida ante este Concejo Deliberante por el Sr. José Leoncio Gaetti; y

 

CONSIDERANDO:

Que por la misma solicita la condonación de deuda por Tasas Retributivas y Tasas por Inspección, Seguridad e Higiene;

Que según encuesta socio-económica el  solicitante, no posee ingresos estables, y padece una discapacidad desde el año 1995, lo que implica no poder desarrollar tareas laborales,

por lo que actualmente se encuentra condicionado para abonar las Tasas Municipales;

Que el Artículo 76º de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos establece: "Las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia";

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 17-04-97, según consta en Acta Nº 335, se aprobó el /

pertinente proyecto;

 

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1º:CONDONASE la deuda de Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene desde la 1º (Primera) Cuota año 1996 hasta la 4º (Cuarta) Cuota año 1997 a la Licencia Comercial Nº 1/3.

Artículo 2º:CONDONASE la deuda por Tasas Retributivas a la Nomenclatura Catastral C-166-19-000 desde el 1º (Primer) Bimestre año 1996 hasta el 3º (Tercer) Bimestre año 1997.

Artículo 3º:Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,

archívese.

 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 032/97.C.D.-