Allen, 17 de Abril de 1997.-



VISTO:

La Nota remitida ante este Concejo Deliberante por
el Sr. José Leoncio Gaetti; y

CONSIDERANDO:

Que por la misma solicita la condonación de deuda /
por Tasas Retributivas y Tasas por Inspección, Seguridad e Higie-
ne;
Que según encuesta socio-económica el solicitante,
no posee ingresos estables, y padece una discapacidad desde el /
año 1995, lo que implica no poder desarrollar tareas laborales,
por lo que actualmente se encuentra condicionado para abonar las
Tasas Municipales;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 17-04-97, según consta en Acta N° 335, se aprobó el /
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasa por Inspección, Seguri-/
dad e Higiene desde la 1° (Primera) Cuota año 1996
hasta la 4° (Cuarta) Cuota año 1997 a la Licencia /
Comercial N° 1/3.
Artículo 2°: CONDONASE la deuda por Tasas Retributivas a la No-
menclatura Catastral C-166-19-000 desde el 1° (Pri-
mer) Bimestre año 1996 hasta el 3° (Tercer) Bimes-
tre año 1997.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N°_032/97.-C.D.-