Allen, 17 de Abril de 1997.-



VISTO:

La Nota presentada por la Sra.Beatríz Oliva; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita la condonación y exi-
misión de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de /
Tasas Retributivas;
Que según encuesta socio-económica de la solicitan-
te, Sra. Beatríz Oliva, no posee ingreso estable, lo que implica
no poder abonar las Tasas Municipales;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 17-04-97, según consta en Acta N° 335, se aprobó el /
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el /
sexto bimestre año 1996 a la Nomeclatura Catastral
B-347-08-000.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N°_031/97.-C.D.-