Allen, 17 de Abril de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Justa Ramirez; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación y exi-
misión de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de /
Tasas Retributivas;
Que según encuesta socio-económica de la solicitan-
te, Sra. Justa Ramirez, posee ingreso como jubilada, con un haber
mínimo, lo que implica no poder abonar las Tasas Municipales;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 17-04-97, según consta en Acta N° 335, se aprobó el /
pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el /
tercer bimestre año 1997 a la Nomeclatura Catastral
B-373-17-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE que a partir de la presente Ordenanza
Municipal, la Nomenclatura Catastral B-373-17-000,
siendo la responsable del mismo la Sra. Justa Rami-
rez, se debe encuadrar en la Ordenanza Municipal N°
143/96.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N°_029/97.-C.D.-