Allen, 3 de Abril de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por la Comisión Directiva de laCooperadora Hospital F. de Ramasco; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación y eximisión de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto deTasas Retributivas, del inmueble propiedad de dicha Institución y en el cual funciona un Hogar de Ancianos;
Que el mencionado inmueble fue donado a la Coopera-ora por el Instituto de Planificación y Promoción de la Viviendade la Provincia de Río Negro, mediante Resolución N° 1160/92 deldía 17 de Junio de 1992;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 3-04-97, según consta en Acta N° 333, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el /2° (segundo) bimestre año 1997 inclusive, a la Nomenclatura Catastral C-524-07.
Artículo 2°: EXIMASE del pago de Tasas Retributivas por los bimestres restantes año 1997, a la Nomenclatura Catastral C-524-07.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N°_022/97.-C.D.-