Allen, 5 de Septiembre de 1996.-
VISTO:
La Nota N° 184/96 de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo Municipal, por la cual observa error en número de Licencia Comercial perteneciente al Sr. Dulio H. Botas; y
CONSIDERANDO:
Que por Boletín Oficial N° 010/96 de fecha 23-07-96 se publica la Ordenanza Municipal N° 073/96 por la cual se condona la deuda por Tasa Inspección, Seguridad e Higiene a la Licencia Comercial N° 007/94;
Que la Licencia Comercial N° 007/94 no corres- ponde al Sr. Dulio H. Botas;
Que por error se escribe Licencia Comercial N° 007/94 y debe decir Licencia Comercial N° 007/84 pertene- ciente al Sr. Dulio H. Botas;
Que se debe rectificar el error mencionado, a los efectos de cumplimentar lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 073/96;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 5-09-96, según consta en Acta N° 313, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 073/96.
Artículo 2°: CONDONASE la deuda de Tasa de Inspección,
Seguridad e Higiene hasta la décimo segunda (12)
cuota del año 1995 inclusive, a la Licencia
Comercial N° 007/84.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 099/96.-C.D.-