Allen, 18 de Julio de l996.-
VISTO:
La nota presentada por el Sr. Sergio Montecino; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retributivas;
Que según la encuesta socio-económica, la situación imperante del grupo familiar del solicitante, no le permite satisfacer sus demandas y necesidades mínimas, por lo que se encuentra condicionado para cumplir con las Tasas Retributivas;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 18-07-96, según consta en Acta N° 306, se aprobó el pertinente proyecto;
POR_ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
O_R_D_E_N_A_N_Z_A
Artículo_1°: CONDONASE el 50% ( cincuenta por ciento) de la
deuda por Tasas Retributivas hasta el cuarto
bimestre del año 1996 inclusive, correspondiente
a la nomenclatura catastral B-628-10-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a
partir de la vigencia de la presente, para
iniciar el Plan de pago en 36 (treinta y seis)
cuotas según Ordenanza Municipal N° 78/96 por
el 50% restante de la deuda por Tasas Retribu-
tivas a la nomenclatura catastral B-628-10-000.
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el
Artículo 2°, la condonación efectuada en el
Artículo 1° quedará sin efecto.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 088/96.-C.D.-