Allen, 20 de Junio de l996.-
VISTO:
La nota presentada por el Sr. Ubaldo Saa; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación y exi-
misión de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de /
Tasas Retributivas;
Que el Sr. Ubaldo Saa siempre ha cumplido con su /
obligación tributaria Municipal, percibiendo una jubilación míni-
ma lo que implica que la situación socio-económica imperante del
solicitante no le permite satisfacer sus demandas y necesidades
mínimas, por lo que se encuentra condicionado para abonar las
Tasas Retributivas;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 20-06-96, según consta en Acta N° 302, se aprobó el /
pertinente proyecto;
POR_ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
O_R_D_E_N_A_N_Z_A
Artículo_1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el
tercer bimestre del año 1996 inclusive, a la nomen-
clatura catastral C-170-13-000.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, /
archívese.-
ORDENANZA_MUNICIPAL_N°_074/96.-C.D.-