Allen, 25 de Abril de 2002.
VISTO:
La Nota presentada por la Asociación Cooperadora Elena F. de Ramasco, Hospital de Allen; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicitan eximisión de las Tasas Retributivas del inmueble cuya Nomenclatura Catastral es C-524-07, beneficio que se viene otorgando todos los años, en conside ración que en la misma funciona el Hogar de Ancianos, depen- diente de la Administración Provincial;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos expresa...exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, funda dos en protección del individuo y su familia;
Que no se procedió a realizar la exención en tiempo y forma antes del 1° vencimiento del bimestre año 2002, por lo que se debe proceder a condonar la deuda en concepto de Tasas Retributivas de los Bimestres 1° y 2° inclusive del año en cur- so;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 25-04-02, según consta en Acta N° 583, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°:
CONDONASE el 1° y 2° Bimestre del año 2002 en con-
cepto de Tasas Retributivas correspondientes a la
Nomenclatura Catastral C-524-07.
Artículo 2°:
EXIMASE los Bimestres restantes del año 2002, de la
Tasas Retributivas, a la Nomenclatura Catastral C-524-07.
Artículo 3°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 021/02.C.D.-