ALLEN, 12 de Marzo de 1992.-



VISTO:

La solicitud efectuada por el Centro de Empleados de Comercio de Allen, para ejecutar el plano de subdivisión del inmueble denominado catastralmente 04-1-B-005-01B,cuyo anteproyecto se adjunta como Anexo 1; y


CONSIDERANDO:

La Ordenanza Municipal Nº083/91 por la que dicho inmueble se incorpora al ejido urbano de Allen bajo la zonificación R3;

Que en dicho inmueble el Centro de Empleados de Comercio de Allen ejecutará un plan de viviendas destinado a sus socios y con recursos propios;

Que la totalidad de los servicios de infraestructura que exige el Código Urbano de la Ciudad de Allen para la zonificación establecida serán ejecutadas y financiados por el Centro de Empleados de Comercio de Allen, tanto en su acometida hasta el predio como dentro del mismo según el compromiso asumido por nota Nº 587-C del 13 de Diciembre de 1991 y que forma parte del Expediente Nº020 del año 1991, folios 004 y 005;

Que las factibilidades otorgadas por ENERGIA RIO NEGRO SOCIEDAD DEL ESTADO, DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS Y GAS DEL ESTADO están condicionadas a proyectos plazos y compromisos de ejecución de obras por parte del Centro Empleados de Comercio de Allen y forman parte del Expediente Nº020 del año 1991, folios 008, 009, 010, 011 y 012;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-3-92, según consta el Acta n°100, se aprobó el pertinente Proyecto;


POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de


O R D E N A N Z A


Artículo 1°: AUTORICESE la visación del plano de mensura del inmueble denominado catastralmente 04-1-B-005-01B cuyo anteproyecto se adjunta como anexo 1.


Artículo 2°: AUTORICESE como único destino de las tierras subdivididas, la ejecución de viviendas en un todo de acuerdo con la solicitud realizada y las exigencias establecidas por los Códigos de Edificación y Urbano de la Ciudad de Allen.


Artículo 3º: PROHIBESE el otorgamiento municipal de todo Permiso de Construcción hasta tanto no se encuentren ejecutadas las obras de infraestructura correspondientes a la provisión de los servicios exigidos por el Código Urbano de la Ciudad de Allen.


Artículo 4º: ASUMA el CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE ALLEN la totalidad de los compromisos económicos, técnicos y legales que surjan de los diferentes proyectos y ejecución de las obras de abastecimiento y distribución de los servicios de infraestructura exigidos.


Artículo 5º: NO AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL a asumir compromisos económicos, técnicos y legales que surjan de los diferentes proyectos y ejecución de las obras de abastecimiento y distribución de los servicios de infraestructura correspondientes al inmueble denominado catastralmente 04-1-B-005-01B.


Artículo 6º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.


ORDENANZA MUNICIPAL N° 009/92.C.D.-