Allen, 30 de diciembre de 1997.-
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 066/90 del Concejo Deliberante promulgada según Resolución N° 1107/90, y
CONSIDERANDO:
Que en aplicación de ajustes se debe tener en cuenta el Artículo 10° de la Ley 23928 (Ley de Convertibilidad) y,
Que por lo tanto el valor punto para el mes de Diciembre del año 1997 no se incrementará con respecto al mes anterior
POR ELLO:
El señor Secretario de Gobierno a cargo de la Intendencia de la Ciudad de Allen
R E S U E L V E
Artículo 1°: Fijar el valor punto para el mes de Diciembre de 1997, para el cobro de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene (12° Cuota) en la suma de $ 3,16 (Pesos Tres con dieciséis centavos ) --.----------------------------
Artículo 2°: La presente será refrendada por la señora Secretaria de Hacienda.-------
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-----------
RESOLUCIÓN MUNICIPAL N° 1157/97