Allen, 27 de Octubre de 1994.-


VISTO:
                           La Ley Nacional de Defensa del Consumidor N° 24.240; y

CONSIDERANDO:
         Que la Presente Ley tiene por objeto la defensa de los
consumidores o usuarios;
         Que en las disposiciones de ésta Ley se integran la
Defensa de la Competencia y de Lealtad Comercial;
         Que incumbe al Estado Nacional, provincias y
municipalidades, la formulación de planes generales de educación para el
consumo y su difusión pública, fomentando la creación y el funcionamiento de
las asociaciones de consumidores y la participación de la comunidad en
ellas;
         Que este Consejo Deliberante por Ordenanza Municipal N°
140/92 creó el Consejo Municipal de Defensa del Consumidor;
         Que en Sesión Ordinaria de Consejo Deliberante, celebrada
el 27-10-94, según consta en el Acta N° 223, se decidió aprobar el
pertinente proyecto,

POR ELLO:
         El Consejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con
fuerza de


O R D E N A N Z A
Artículo 1°:       ADHIERESE a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor en la jurisdicción del Municipio de la Ciudad de Allen.
Artículo 2°:                Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

                
ORDENANZA MINICIPAL N° 152/94.-C.D.-