Allen, 27 de Octubre de 1994.-
VISTO:
La Ley Nacional de Defensa del Consumidor N° 24.240; y
CONSIDERANDO:
Que la Presente Ley tiene por objeto la defensa de los
consumidores o usuarios;
Que en las disposiciones de ésta Ley se integran la
Defensa de la Competencia y de Lealtad Comercial;
Que incumbe al Estado Nacional, provincias y
municipalidades, la formulación de planes generales de educación para el
consumo y su difusión pública, fomentando la creación y el funcionamiento de
las asociaciones de consumidores y la participación de la comunidad en
ellas;
Que este Consejo Deliberante por Ordenanza Municipal N°
140/92 creó el Consejo Municipal de Defensa del Consumidor;
Que en Sesión Ordinaria de Consejo Deliberante, celebrada
el 27-10-94, según consta en el Acta N° 223, se decidió aprobar el
pertinente proyecto,
POR ELLO:
El Consejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con
fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°:
ADHIERESE a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor en la jurisdicción del Municipio de la Ciudad de Allen.
Artículo 2°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
ORDENANZA MINICIPAL N° 152/94.-C.D.-