Norma Número 078/95

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. OBJETO CUMPLIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Acepta la transferencia de la parcela 06-Manzana 474-sección C, a favor de la firma KO-KO SRL. Dispone que KO-KO SRL, deberá cancelar la deuda por la venta del terreno y hacerse cargo de las contribuciones y tasas municipales que lo gravan.

Texto de la Norma

Allen, 10 de Agosto de 1995.


VISTO:


La nota N° 029/95 del Poder Ejecutivo Municipal; y


CONSIDERANDO:

Que mediante la misma eleva un convenio suscripto entre la U.O.C.R.A. y la firma KO-KO S.R.L. de esta localidad, por el cual la primera cede a la segunda los derechos del lote adjudicado en venta por este Concejo Deliberante, por Ordenanza Municipal N° 124/93, designado catastralmente como parcela 06, Manzana 474, Sección C, a cambio de otro lote de propiedad de la citada Empresa;
Que consultados los representantes gremiales, manifiestan que debido a la difícil situación económica, se les ha hecho imposible cumplir el compromiso de pago del terreno adjudicado;
Que además el lote vendido carece de los servicios esenciales debido a su ubicación, lo que dificulta aún más la concreción de cualquier obra;
Que la propiedad ofrecida por la Empresa KO-KO S.R.L. posee una mejor ubicación y sí cuenta con todos los servicios;
Que la Empresa KO-KO S.R.L. se haría responsable del pago al Municipio de la deuda existente por la venta y de todas las Tasas y contribuciones Municipales;
Que ante esta alternativa, tendrían la posibilidad de obtener en forma inmediata el título de propiedad del lote que se les cedería por parte de KO-KO R.R.L., y con este documento gestionar ante la sede central del gremio, la obtención de fondos para la construcción del edificio;
Que dado los argumentos enunciados para efectuar la transferencia citada, no existe inconvenientes en acceder a lo solicitado;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 10-8-95, según consta en Acta N° 257, se decidió aprobar el pertinente proyecto;


POR ELLO:


El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

ORDENANZA


Artículo 1°
: ACEPTASE la transferencia de la parcela 06-Man- zana 474, Sección C ubicada sobre la calle Valle Encantado, a favor de la firma KO-KO S.R.L. con domicilio en la calle Leandro N. Alem s/n de esta ciudad. Esta parcela fue otorgada en venta a la Unión Obrera de la construcción de la República Argentina, Seccional Río Negro, mediante Ordenanza Municipal N° 124/93.
Artículo 2°: La parcela transferida cuenta con una superficie de quinientos seis metros cuadrados con ochenta y ocho decímetros cuadrados (506,88 m2) siendo sus medidas 14,08 m. de frente por 36 m. de fondo.
Artículo 3°: La firma KO-KO S.R.L. deberá hacerse cargo de cancelar la deuda que por la venta del terreno, mantiene la U.O.C.R.A. con el Municipio, según compromiso establecido en la Ordenanza Municipal N° 124/93.
Artículo 4°: La firma KO-KO S.R.L., deberá dar cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 3°, dentro de un plazo de treinta (30) días, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza. Caso contrario el trámite de transferencia quedará sin efecto, pasando la propiedad a que se hace referencia en el Artículo 1°, a dominio Municipal.
Artículo 5°: La firma KO-KO S.R.L. asimismo deberá hacerse cargo de todas las contribuciones y Tasas Municipales que gravan la parcela transferida desde la fecha de su venta a la U.O.C.R.A. por ordenanza Municipal N° 124/93.
Artículo 6°: De lo dispuesto en la presente Ordenanza, deberá notificarse a la U.O.C.R.A. Seccional Río Negro y a la Firma KO-KO S.R.L.
Artículo 7°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 078/95.C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



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Promulgada por Res. 0875/95.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

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