El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: NO VIG. OBJETO CUMPLIDO
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 21 de Septiembre de 1995.
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 092/94, en su Artículo 18º; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 18º de la Ordenanza Municipal Nº 092/94 establece lo siguiente “...En los casos de contrataciones directas fundadas en los inciso a), b), c) y h) del Artículo 7º deberá efectuarse pedido de precios a tres (3) firmas cuando su importe supere el 10% del monto máximo indicado para compra directa...”;
Que las compras directas de acuerdo al Art. 18º de la Ordenanza Municipal Nº 092/94, sería hasta la suma de 190,40;
Que a fin de agilizar los trámites administrativos en cuanto a compra directa se refiere, se debería incrementar el monto para el mismo a la suma de $ 476,07, lo cual representa el 25% del monto máximo indicado para compra directa;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 21-9-95, según consta en Acta Nº 263, se decidió aprobar el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: MODIFICASE la Ordenanza Municipal Nº 092/94 en su Artículo 18º el cual quedará redactado de la siguiente manera: “...En los casos de contrataciones directas fundadas en los incisos a), b), c) y h) del Art. 7º deberá efectuarse pedido previo de precios a tres (3) firmas cuando su importe supere el 21% del monto máximo indicado para compra directa...”.
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 094/95.C.D.-
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