Norma Número 026/26

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

AUTORIZA por vía de excepción a la O.M.Nº 086/16.C.D., Plan Rector - Capítulo X –Condiciones Particulares de las Áreas y Zonas –Subsección 3 –Condiciones Particulares para la Zona Barrios Consolidados -X.4 -5. Parcelamientos b. Dimensiones mínimas permitidas para las parcelas de la zona, a los Sres. María Pía Salas y Rolando Rodolfo Salas

Texto de la Norma

Allen, 4 de Febrero de 2013

Allen, 28 de Mayo de 2026.-

 

VISTO:

La Nota presentada por los Sres. María Pía Salas -DNI 26.108.349 y Rolando Rodolfo Salas -DNI M8.377.403; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la misma, solicitan autorización por vía de excepción a la Ordenanza Municipal N° 086/16.C.D., Plan Rector de Allen, para poder dividir el Lote en dos parcelas;

Que dicho Lote designado catastralmente como 04-1-B-648-05A, posee frente por Pasaje Aconcagua y el otro por Calle Brentana;

Que las parcelas quedarían cada una con una superficie de 10 m de frente por 20 m de fondo; un total de 200 m2;

Que de acuerdo a la normativa vigente los parámetros urbanísticos reglamentados establecen una superficie mínima de 250 m², lo que no se estaría cumpliendo de acuerdo a lo establecido en el Plan Rector;

Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado, según consta en Acta Nº 079/26 de la Comisión de Gobierno;

Que en Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante celebrada el día 28-05-26, según consta en Acta Nº 1595, se aprobó el pertinente Proyecto;

 

POR ELLO:

 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1º: AUTORÍZASE por vía de excepción a la Ordenanza Municipal Nº 086/16.C.D., Plan Rector de la ciudad de Allen, Capitulo X –Condiciones Particulares de las Áreas y Zonas –Subsección 3 –Condiciones Particulares para la Zona Barrios Consolidados -X.4 -5. Parcelamientos b. Dimensiones mínimas permitidas para las parcelas de la zona, a los Sres. María Pía Salas -DNI 26.108.349 y Rolando Rodolfo Salas -DNI M8.377.403, por los motivos expuestos en los Considerandos.

Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 026/2026.C.D.

Citas


Citas Doctorales

No tiene citas doctorales.

Citas Jurisprudenciales

No tiene citas jurisprudenciales.

Comentarios

Promulgada según Resolución Municipal Nº 0714/2026.

Fechas

Descriptores que posee esta norma

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