Norma Número 139/96

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Exime del pago de la Tasa municipal en el rubro" Vendedor Ambulante "a la Sra. Lucila Manriquez Gines.

Texto de la Norma

Allen, 5 de Diciembre de 1996.-


VISTO:

La nota presentada por la Sra. Lucila Manriquez Gi-
nes; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita eximisión de Tasa Mu-
nicipal por Vendedor Ambulante;
Que la Sra. Gines Manriquez se desempeña como vende-
dora ambulante de panchos y anexos, siendo ínfima su recaudación,
no alcanzando la misma para abonar diariamente la Tasa Municipal
que corresponde a su rubro;
Que la encuesta socio - económica refleja la situa-
ción imperante de la solicitante, y está compuesto su grupo fa-
miliar por cuatro hijos menores de edad, no teniendo ingresos es-
tables, también su cónyuge y estando una de sus hijas con proble-
mas de salud;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 5-12-96, según consta en Acta N° 325, se aprobó el /
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: EXIMASE de la Tasa Municipal en el rubro Vendedora
Ambulante por el término de seis ( 6 ) meses a la Sra. Lucila Manriquez Gines.Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 139/96.C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



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Promulgada por Resol. 1562/96

Fechas

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